Aprueban las Bases
Generales y Específicas de los Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos -
JEDPA
RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL Nº 099-2022-MINEDU
lima, 5 de agosto de
2022
VISTOS, el Expediente
Nº 0153383-2022, el Informe Nº 00513-2022- MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID de la
Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación
básica Regular; el oficio Nº 00733-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de
Planificación y Presupuesto de la oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto, el Informe Nº00883-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la oficina General de Asesoría
Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la constitución Política del Perú,
la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana;
correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa;
Que, el artículo 3 de
la ley Nº 31224, ley de organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece
que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del
Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y
el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada ley, sus funciones
rectoras y técnico-normativas son formular, planear, dirigir, ejecutar,
supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia,
aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones
normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, según lo
previsto en el artículo 79 de la ley Nº 28044, ley General de Educación (en
adelante, ley Nº 28044) el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno
Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de
educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general de
Estado;
Que, el literal a)
del artículo 9 de la ley Nº 28044 señala que la educación peruana tiene entre
sus fines formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual,
artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa promoviendo la
formación y la consolidación de su identidad y autoestima, y su integración
adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía
con su entorno, así como el desarrollo de su capacidad y habilidad para
vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes
cambios en la sociedad y el conocimiento; Que, asimismo, de acuerdo con lo
dispuesto por el literal f) del artículo 21 de la ley Nº 28044, modificado por
el artículo 6 de la ley Nº 30432, ley que promueve y garantiza la práctica del
deporte y la educación física en los diferentes niveles de la educación básica
pública, el Estado tiene, entre otras funciones, la de garantizar la
obligatoriedad de la enseñanza de la educación física y de la práctica del
deporte, incluyendo la recreación, dentro de los diversos estamentos de la
educación básica del país, así como orientar y articular los aprendizajes generados
dentro y fuera de las instituciones educativas con la finalidad de prevenir
situaciones de riesgo de los estudiantes;
Que, el artículo 1 de
la ley Nº 30432, ley que promueve y garantiza la práctica del deporte y la
educación física en los diferentes niveles de la educación básica pública,
declara de necesidad pública y preferente interés nacional la práctica del
deporte y la educación física en los diferentes niveles de la educación básica
pública del país, con la finalidad de promover los niveles de salud adecuados
en la población, disminuir la incidencia de enfermedades crónicas entre los
niños, adolescentes y jóvenes, así como combatir el sedentarismo y la obesidad;
Que, el artículo 48
de la ley Nº 28036, ley de promoción y desarrollo del deporte, modificado por
la ley Nº 30832, ley que modifica artículos de la ley Nº 28036, ley de
promoción y desarrollo del deporte, para potencializar el talento deportivo y
asegurar la integración de las personas con discapacidad en el Sistema Nacional
del Deporte, establece que la educación física y los juegos deportivos anuales
de las personas con discapacidad son competencia del Ministerio de Educación en
coordinación con el Instituto Peruano del Deporte;
Que, bajo dicho marco
normativo, la Dirección General de Educación básica Regular remitió al Despacho
Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº00513-2022-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID,
elaborado por la Dirección de Educación Física y Deporte, a través del cual se
sustenta la necesidad de aprobar las bases Generales y Específicas de los
Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos - JEDPA; que tienen como objetivo
general establecer las pautas para el desarrollo de las etapas UGEl, Regional,
Macrorregional y Nacional de los Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos -
JEDPA;
Que, las referidas
bases cuentan con la opinión favorable de la Dirección de Educación Primaria
(DEP), de la Dirección de Educación Secundaria (DES), de la Dirección de
Educación básica Especial (DEBE), de la Dirección General de Educación básica
Alternativa, Intercultural bilingüe y de Servicios Educativos en el ámbito
Rural (DIGEIbIRA), de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados
(DIGESE); y de la Dirección de Promoción del bienestar y Reconocimiento Docente
(DIBRED);
Que, mediante el
oficio Nº 000093-2022-DNRPD/IPD, el Instituto Peruano del Deporte emitió
opinión favorable a la propuesta de las bases Generales y Específicas de los Juegos
Escolares Deportivos y Paradeportivos – JEDPA;
Que, con el oficio Nº
00733-2022-MINEDU/SPEoPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la
Secretaría de Planificación Estratégica, emitió opinión favorable respecto del
punto de vista presupuestal;
Que, a través del
Informe Nº 00883-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la oficina General de Asesoría Jurídica
emitió opinión favorable a la propuesta, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente
para su aprobación;
Que, de acuerdo al
literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº
008-2022-MINEDU, se delegó en el Viceministro de Gestión Pedagógica del
Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y
aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos
Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia, conforme
a lo dispuesto en el Reglamento de organización y Funciones del Ministerio de
Educación;
De conformidad con la
ley Nº 31224, ley de organización y Funciones del Ministerio de Educación; la
ley Nº 28044, ley General de Educación; el Reglamento de la ley General de
Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED y el Reglamento de
organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto
Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante
Resolución Ministerial Nº 008-2022-MINEDU.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las bases
Generales y Específicas de los Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos -
JEDPA, las mismas que, como anexo, forman parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección
de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación básica
Regular, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a
las Unidades de Gestión Educativa local e Instituciones Educativas, en el marco
de sus competencias, el cumplimiento de las bases Generales y Específicas de
los Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos – JEDPA, aprobadas por el artículo
1 de la presente Resolución.
Artículo 3.- Encargar a la
Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación básica
Regular, la difusión y promoción de los Juegos Escolares Deportivos y
Paradeportivos - JEDPA a los que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución,
a través del portal web del Ministerio de Educación y en las redes sociales
oficiales del Ministerio de Educación, a fin de que se garantice la
participación de los interesados.
Artículo 4.- Disponer la
publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica
de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de
Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución
en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese
y publíquese.
WAlTER AlBERTO HERNÁNDEZ
ALCÁNTARA
Viceministro de
Gestión Pedagógica