Aprueban la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso
Público de Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas en Educación en las
Instancias de Gestión Educativa Descentralizada-2022, en el marco de la Carrera
Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial” y convocan a concurso
público
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N°
118-2022-MINEDU
Lima, 20 de septiembre de 2022
VISTOS, el Expediente N° 0176052-2022, el
Informe N° 00669-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación
Docente de la Dirección General de Educación Básica Regular, complementado con
el Informe N° 0696-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, el Informe N°
01488-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N°
01098-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector
Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de
Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a)
del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y
técnico-normativas son formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y
evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos
los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas
vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley
General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del
Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la
política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política
general del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h)
del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación
definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del
personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la
Carrera Pública Magisterial;
Que, el artículo 15 de la Ley N°
29944, Ley de Reforma Magisterial (en adelante, Ley de Reforma Magisterial),
señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de
evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y
en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar,
planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia,
ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando
su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, de conformidad con el artículo
32 de la citada Ley, el Ministerio de Educación, en coordinación con los
Gobiernos Regionales, convoca a concursos para el acceso a cargos, cada dos
años, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a normas,
especificaciones técnicas y criterios de buen desempeño exigibles para cada
cargo. Además, el artículo 33 de la referida Ley, modificado por el artículo 2
de la Ley N° 30541, Ley que modifica la Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial y establece disposiciones para el pago de remuneraciones de
docentes de institutos y escuelas de educación superior, dispone que el
profesor puede acceder a otros cargos de las áreas de desempeño laboral por
concurso y por el periodo de cuatro años;
Que, conforme a lo dispuesto por los literales
b), c) y d) del artículo 35 de la Ley de Reforma Magisterial, el Área de
Gestión Institucional comprende los cargos de Director o Jefe de Gestión
Pedagógica; Especialista en Educación y, Directivos de Institución Educativa,
respectivamente; cargos a los que se acceden por concurso público;
Que, los numerales 57.3 y 57.4 del artículo 57
del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto
Supremo N° 004-2013-ED, establecen que el Ministerio de Educación de manera
coordinada entre sus Direcciones y las otras instancias de gestión educativa
descentralizada, determina los criterios e indicadores para la evaluación con
fines de acceso a cada cargo; y, en coordinación con los Gobiernos Regionales,
emite las normas específicas para cada concurso de acceso a cargos;
Que, el numeral 59.1 del artículo 59 del
precitado Reglamento establece que los cargos del Área de Desempeño Laboral,
son designados previo concurso, de acuerdo a los criterios establecidos por el
Ministerio de Educación;
Que, en el marco de las disposiciones legales
antes señaladas, mediante el Oficio N° 01350-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la
Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de
Gestión Pedagógica el Informe N° 00669-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED,
complementado con el Informe N° 0696-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborados
por la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la referida Dirección
General, que sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada
“Norma que regula el Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos y de
Especialistas en Educación en las Instancias de Gestión Educativa
Descentralizada-2022, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley
de Reforma Magisterial” (en adelante, la propuesta);
Que, la citada propuesta normativa
tiene como objetivo establecer los requisitos, criterios y procedimientos
técnicos para la organización, implementación y ejecución del Concurso Público
de Acceso a los Cargos de Director de Gestión Pedagógica de la Dirección
Regional de Educación y Jefe del Área de Gestión Pedagógica de la Unidad de
Gestión Educativa Local; Especialista en Educación de la Dirección Regional de Educación
y de la Unidad de Gestión Educativa Local y, Directivos de Institución
Educativa, en concordancia con lo establecido en la Ley de Reforma Magisterial
y su Reglamento;
Que, asimismo, la propuesta cuenta con la
opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR),
de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección
General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), de la Dirección General de
Servicios Educativos Especializados (DIGESE), de la Dirección General de
Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos
en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), de la Dirección General de Educación
Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA), de la
Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN), de la Dirección de Formación
Docente en Servicio (DIFODS) y de la Dirección de Promoción del Bienestar y
Reconocimiento Docente (DIBRED); estas tres últimas dependientes de la
Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD);
Que, a través del Informe N°
01488-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la
Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta,
por cuanto su objetivo y alcances se encuentran alineados a los objetivos
estratégicos e institucionales del sector Educación; asimismo, desde el punto
de vista presupuestal, su implementación se ejecuta con los recursos asignados
en las actividades presupuestarias 5004409. Evaluación de Acceso y Formación de
Directores y 5004619. Evaluación para Cargos de Especialistas, Jefes de AGP y
Directores de UGEL para el Año Fiscal 2022 y, adicionalmente, durante el Año
Fiscal 2023, se ejecutará con cargo a los recursos a ser priorizados en las
actividades presupuestarias listadas anteriormente, añadiéndose a estas la
actividad 5004410. Evaluación de Ascenso de Docentes;
Que, asimismo, con Informe N°
01098-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite
opinión legal favorable respecto de la propuesta, sugiriendo proseguir con el
trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del
numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU, se
delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación,
entre otras facultades y atribuciones, emitir y aprobar los actos resolutivos
que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del
Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto
en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°
31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley
N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y en su Reglamento, aprobado por el
Decreto Supremo N° 004-2013-ED; en el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº
001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante la
Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma
Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público de Acceso a Cargos
Directivos y de Especialistas en Educación en las Instancias de Gestión
Educativa Descentralizada-2022, en el marco de la Carrera Pública Magisterial
de la Ley de Reforma Magisterial” que, como anexo, forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2.- Convocar al
Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas en Educación
en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada-2022, en el marco de la
Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial, conforme con las
disposiciones establecidas en la Norma Técnica aprobada por el artículo 1 de la
presente Resolución.
Artículo 3.- Encargar a la
Dirección General de Desarrollo Docente y a las instancias de gestión educativa
descentralizada, en el marco de sus competencias, el cumplimiento de las
disposiciones previstas en la Norma Técnica aprobada por el artículo 1 de la
presente Resolución.
Artículo 4.- Disponer la
publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información
Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio
de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario
oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBERTO
HERNÁNDEZ ALCÁNTARA
Viceministro de Gestión Pedagógica