Evaluación del Desempeño en cargos directivos de II. EE. Públicas 2022
Aprueban la Norma Técnica denominada “Norma que regula la
Evaluación del Desempeño en cargos directivos de Instituciones Educativas
Públicas de Educación Básica y Educación Técnico-Productiva 2022, en el marco
de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N°
122-2022-MINEDU
Lima, 28 de septiembre de 2022
VISTOS, el Expediente N°
0181211-2022, el Informe N° 00719-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección
de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente; el Informe
N° 01545-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto
de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N°
01136-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector
Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de
Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a)
del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas
son formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política
nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de
gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus
ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley
General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del
Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la
política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política
general del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h)
del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación
definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del
personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la
Carrera Pública Magisterial;
Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de
Reforma Magisterial (en adelante, Ley de Reforma Magisterial), señala que el
Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación
docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en
coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar,
planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia,
ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando
su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, el artículo 33 de la Ley de Reforma
Magisterial dispone que el profesor puede acceder a otros cargos de las áreas
de desempeño laboral por concurso y por el periodo de cuatro años;
Que, asimismo, el artículo 38 de la referida
Ley señala que el desempeño del profesor en el cargo es evaluado de forma
obligatoria al término del periodo de su gestión. La aprobación de esta
evaluación determina su continuidad en el cargo y la desaprobación, su retorno
al cargo docente; además, dicho artículo señala que en el caso de los cargos de
director de Unidad de Gestión Educativa Local y director o jefe de gestión
pedagógica, adicionalmente, son evaluados al finalizar el segundo año de haber
accedido al cargo, para determinar su continuidad;
Que, de acuerdo al numeral 62.1 del artículo 62
del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo
N° 004-2013-ED, la evaluación del desempeño en el cargo tiene como objetivo
comprobar la eficacia y eficiencia del profesor en el ejercicio de dicho cargo,
la cual se realiza en base a los indicadores de desempeño establecidos para el
respectivo tipo de cargo;
Que, conforme al numeral 47.3 del artículo 47
del precitado Reglamento, el Ministerio de Educación aprueba, mediante norma
específica, las estrategias, las técnicas e instrumentos de evaluación de
desempeño, los cuales pueden ser aplicados directamente por el Ministerio de
Educación o por entidades especializadas para su posterior consolidación por
parte de los miembros de los Comités de Evaluación;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº
065-2020-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Norma que regula la
Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Instituciones Educativas de
Educación Básica y Técnico Productiva en el marco de la Carrera Publica
Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”, que tiene por objetivo
establecer los criterios técnicos y procedimientos para la organización,
implementación y ejecución de la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos
de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Educación
Técnico-Productiva;
Que, en el contexto de la
emergencia sanitaria por la COVID-19, la evaluación de desempeño en cargos
directivos de Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico-Productiva
regulada en la precitada Resolución Viceministerial Nº 065-2020-MINEDU, no pudo
ser implementada por cuanto su modelo de evaluación requería el desarrollo de
determinadas actividades de carácter presencial con participación de los
directivos sujetos a la evaluación, de los integrantes de los Comités de
Evaluación y de los miembros de la comunidad educativa;
Que, la Vigésima Tercera Disposición
Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial,
incorporada por el Decreto Legislativo N° 1493, dispone que el profesor
designado en un cargo directivo en una Instancia de Gestión Educativa
Descentralizada, que hasta el término de su periodo de designación no haya sido
evaluado en su desempeño en el cargo o la referida evaluación no haya
concluido, debido a la vigencia de la declaratoria de la Emergencia Sanitaria a
nivel nacional y del Estado de Emergencia a consecuencia del brote de la
COVID-19, de manera excepcional y por única vez, continúa ejerciendo el cargo
directivo hasta que concluya su evaluación de desempeño en el cargo. La
aprobación de la citada evaluación dispone la ratificación por un periodo
adicional de cuatro años y su desaprobación, el retorno al cargo docente;
Que, habiéndose retornado progresivamente a la
labor presencial en las instituciones educativas públicas y en el marco de la
disposiciones legales antes señaladas, mediante el Oficio N° 01412-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD,
la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial
de Gestión Pedagógica el Informe N° 00719-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED,
elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la referida
Dirección General, que sustenta la necesidad de derogar la Resolución
Viceministerial Nº 065-2020-MINEDU, y de aprobar la Norma Técnica denominada
“Norma que regula la Evaluación del Desempeño en cargos directivos de
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Educación
Técnico-Productiva 2022, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la
Ley de Reforma Magisterial” (en adelante, la norma técnica);
Que, la norma técnica tiene por objeto
establecer criterios técnicos y procedimientos para la organización,
implementación y ejecución de la evaluación del desempeño en cargos directivos
de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Educación
Técnico-Productiva en el marco de la Ley de Reforma Magisterial;
Que, asimismo, la propuesta normativa cuenta
con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular
(DIGEBR), de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), de
la Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE), de la
Dirección General de Educación Básica Alternativa Intercultural Bilingüe y de
Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), de la Dirección General de
Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General de Educación
Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGETSUPA), de la
Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN) dependiente de la Dirección
General de Desarrollo Docente (DIGEDD) y del Programa Nacional de
Infraestructura Educativa (PRONIED);
Que, a través del Informe N° 01545-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP,
la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación
Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación
Estratégica, emite opinión favorable, señalando que la norma técnica, se
encuentran alineada con los objetivos institucionales y estratégicos del sector
Educación; asimismo, desde el punto de vista presupuestal, su implementación se
ejecuta con los recursos asignados y programados en el Presupuesto
Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año
Fiscal 2022;
Que, asimismo, con Informe Nº
01136-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la
Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de
la propuesta, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del
numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU, se
delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación,
entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos
resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos
normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme
a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y en su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante la Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Derogar la Resolución
Viceministerial N° 065-2020-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada
“Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva en
el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”.
Artículo 2.- Aprobar la Norma Técnica denominada
“Norma que regula la Evaluación del Desempeño en cargos directivos de
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Educación Técnico-Productiva
2022, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma
Magisterial” que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Convocar a la Evaluación
del Desempeño en cargos directivos de Instituciones Educativas Públicas de
Educación Básica y Educación Técnico-Productiva 2022, en el marco de la Carrera
Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial, conforme con las
disposiciones establecidas en la Norma Técnica aprobada por el artículo 2 de la
presente Resolución.
Artículo 4.- Encargar a la
Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD) y a las instancias de gestión
educativa descentralizada, en el marco de sus competencias, el cumplimiento de
las disposiciones previstas en la Norma Técnica aprobada por el artículo 2 de
la presente Resolución.
Articulo 5.- Disponer la
publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información
Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio
de Educación (www.gob.pe/minedu),
el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER
ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA
Viceministro de Gestión Pedagógica