Requisitos para la Contratación por Resultados de la PUN
Segunda etapa: Contratación por resultados de
la PN se realiza entre la
tercera y cuarta semana de enero
Participan los postulantes que rindieron la
PN de acuerdo con el cuadro de méritos publicados.
Los postulantes presentan sus documentos ante
la UGEL que seleccionaron para el concurso de ingreso a la CPM
El comité establece el procedimiento para el
desempate de acuerdo con los criterios establecidos en la presente norma.
Establecido el desempate se procede a la
adjudicación por orden de méritos y la emisión del acta correspondiente y la
resolución que aprueba el contrato.
Requisitos:
19.1
Requisitos
generales
a)
El postulante
debe cumplir con los requisitos de formación académica establecidos, según etapa
de postulación:
a.1) En la segunda etapa (Por
resultados de la PN): Los descritos según el grupo de inscripción, de
la norma que convocó a la PN de ingreso a la CPM.
a.2) En la tercera etapa (Por evaluación de expediente): Los descritos en el anexo 6 de la presente
norma (títulos, grados o estudios) y órdenes de prelación aprobados por la DRE
en coordinación con las UGEL de su jurisdicción, de corresponder, de acuerdo a
la modalidad educativa, nivel o ciclo y área curricular/especialidad o campo de
conocimiento de la vacante, lo que se acredita con la presentación de la
documentación respectiva.
b) Gozar de buena salud física, mental y
disponibilidad que le permita ejercer la docencia en forma efectiva, se
acredita con la declaración jurada según el anexo 8 de la presente norma.
c)
Tener
menos de 65 años hasta un día antes del inicio de la vigencia de su contrato al
momento de la aplicación, que se acredita con la declaración jurada según el
anexo 8 de la presente norma.
19.2
Requisitos
específicos
a)
Para
adjudicarse una plaza vacante en una IE ubicada en zona de frontera, el
adjudicado deber ser peruano de nacimiento. Se acredita con la declaración
jurada según formato establecido en el anexo 8 de la presente norma.
b) Para adjudicarse una vacante del área
curricular de educación religiosa de una IE, el profesor debe contar con la
propuesta de la autoridad eclesiástica. Se acredita con copia simple de la
carta de presentación del obispo o director de la ODEC correspondiente de su
jurisdicción.
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