google.com, pub-8608662527120066, DIRECT, f08c47fec0942fa0 REPOSITORIO DOCENTE
martes, 10 de octubre de 2023

Ratificación del Cargo de Directores para el año 2024

 


DE LAS DISPOSICIONES ESPECIFICAS

Primera etapa: ratificación del encargo de puesto

La ratificación del encargo de puesto es aplicable a los cargos de Especialista en Educación de DRE/UGEL, Acompañante Pedagógico de UGEL, directivo de IE y jerárquico de IE, y tiene como finalidad encargar por un periodo adicional al profesor que supere la evaluación de desempeño en su gestión como encargado, y que cumpla con las condiciones descritas en el siguiente subnumeral de la presente norma técnica.

6.1.1 De las condiciones para ratificar a profesores encargados

Para que el profesor encargado sea ratificado y continúe en el encargo por un periodo adicional, se deben cumplir la totalidad de las siguientes condiciones:

a)   Haber sido encargado en alguna de las etapas del proceso de encargatura.

b)  Acreditar los requisitos generales y específicos establecidos en los subnumerales 5.5.1 y 5.5.2 de la presente norma técnica, según corresponda al cargo por ratificar.

c)   Tener encargatura vigente hasta el término del año fiscal en que se evalúa su ratificación.

d)  No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones reguladas en el numeral 5.8 de la presente norma técnica.

e)   Contar con una antigüedad en el encargo no menor de cuatro (4) meses al treinta y uno (31) de agosto del año fiscal en que se evalúa su ratificación.

f)    Contar con la calificación favorable en la evaluación de desempeño de gestión en el año en que se evalúa su ratificación.

g)  La plaza a ratificar debe encontrarse vacante para el siguiente año fiscal, y no haber sido ofertada en el concurso público de acceso a cargos de mayor responsabilidad, convocado por el Minedu durante el ejercicio del encargo, ni haber sido cubierta por reasignación en el año que se realiza el proceso de encargatura u otra situación administrativa.

6.1.2 De la evaluación de desempeño de gestión en el cargo

a)   El comité de encargatura, aplica las fichas de evaluación de desempeño de gestión en la encargatura, de acuerdo a lo establecido en el anexo 07 de la presente norma técnica, a todos los profesores encargados, de acuerdo con los plazos establecidos en el cronograma aprobado por la DRE.

b)   Para la evaluación de desempeño de gestión en el cargo, el profesor encargado debe adjuntar las evidencias requeridas, conforme a los factores de evaluación que se definan para cada cargo.

c)   El profesor encargado que obtiene calificación desfavorable en la evaluación de desempeño de gestión, no podrá adjudicarse mediante encargatura durante el año fiscal siguiente a su evaluación en ningún cargo de mayor responsabilidad.

d)   El profesor encargado que, habiendo obtenido una calificación favorable en la evaluación de desempeño de gestión, no desee ser ratificado, presenta su desistimiento en las fechas previstas en el cronograma regional, tal acción no impide que participe como postulante en la convocatoria de otras etapas del proceso de encargatura.

e)   El comité de encargatura publica en las fechas previstas en el cronograma regional, los resultados de la evaluación de desempeño de gestión por cada criterio para que el profesor encargado evaluado pueda informarse de sus resultados de manera detallada.

f)     El profesor encargado, que no se encuentre de acuerdo con los resultados de la evaluación de desempeño de gestión puede presentar su reclamo ante el comité de encargatura, teniendo el colegiado la obligación de dar respuesta escrita al reclamo en forma física o virtual en los plazos señalados en el cronograma regional.

g)   Luego de la absolución de reclamos, el comité de encargatura publica el listado de profesores que van a ser ratificados en la condición de encargados para el siguiente año, a través de los medios de comunicación masiva.

6.1.3 Emisión y vigencia del acto resolutivo

a)   Una vez publicado el listado de profesores que van a ser ratificados, la DRE o UGEL emite el acto resolutivo correspondiente, a través de la plataforma habilitada en el sistema Nexus o el que haga sus veces, la última semana del mes de setiembre.

b)  La vigencia de la ratificación de encargatura del cargo de Especialista en Educación de DRE/UGEL, Acompañante Pedagógico de UGEL, Director y Subdirector de IE, inicia el primero de enero del año siguiente.

c)   La vigencia de la ratificación de encargatura del cargos de Jefe de Taller en EBR Secundaria, Jefe de Laboratorio en EBR Secundaria, Coordinador Pedagógico en EBR Secundaira, Coordinador de Tutoría y Orientación Educativa en EBR Secundaria; y Coordinador Académico en ETP, inicia el primero de marzo del año siguiente.

 





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jueves, 5 de octubre de 2023

NOMBRAMIENTO DOCENTE | Adjudicación por Acto Público

 


ANEXO II

 

INCORPORACIÓN DEL NUMERAL 5.6.17 AL DOCUMENTO NORMATIVO DENOMINADO “DISPOSICIONES QUE REGULAN EL CONCURSO PÚBLICO DE INGRESO A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL - 2022 Y QUE DETERMINA LOS CUADROS DE MÉRITO PARA LA CONTRATACIÓN DOCENTE 2023-2024 EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA”, APROBADO MEDIANTE RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 081-2022-MINEDU Y MODIFICADO MEDIANTE LAS RESOLUCIONES VICEMINISTERIALES N° 006-2023-MINEDU, N° 015-2023-MINEDU, N°028-2023-MINEDU, N° 092-2023-MINEDU Y N° 117-2023-MINEDU

 

“5. DESARROLLO DEL DOCUMENTO NORMATIVO

(...)

5.6 Disposiciones Específicas

(...)

5.6.17 Adjudicación por acto público 

5.6.17.1 Pueden participar en la adjudicación por acto público ante la DRE los postulantes que no seleccionaron II.EE. en la selección extraordinaria de la Fase Extraordinaria del concurso o no ganaron una plaza en dicha actividad. Excepcionalmente, en este grupo se incluyen a aquellos postulantes que registraron en el Formulario de Cumplimiento de Requisitos y Valoración de Trayectoria Profesional en el aplicativo dispuesto por el Minedu que no postulaban a II.EE. de zona de frontera, II.EE. públicas de gestión directa gestionadas por autoridades de otros sectores e instituciones del Estado (Fuerzas Armadas, Municipalidades, entre otros) e II.EE. de gestión privada por convenio (salvo Colegios Militares) o, II.EE. EIB.

La relación de postulantes es publicada en el portal institucional del Minedu, por grupo de inscripción y en estricto orden de mérito establecido en función de su puntaje final.

En caso de empate, se tomará en cuenta los criterios definidos en los numerales 5.6.11.4 y 5.6.11.5 del documento normativo.

5.6.17.2 Las plazas vacantes de las II.EE. que se encuentran disponibles luego de la actividad de selección extraordinaria de II.EE. de la Fase Extraordinaria del concurso son publicadas en el portal institucional del Minedu, para ser ofertadas en un acto de adjudicación pública organizado por la DRE considerando la región que el postulante seleccionó para nombrarse, la disponibilidad de plazas de acuerdo al grupo de inscripción y por orden de mérito, en el plazo establecido en el cronograma.

5.6.17.3 Se podrá presentar al acto de adjudicación, organizado por la DRE, el postulante o su representante debidamente acreditado con su DNI original, quien debe presentar, además, la carta poder simple y copia del DNI del postulante.

5.6.17.4 Para adjudicar una plaza en una IE ubicada en zona de frontera, IE pública de gestión directa gestionada por autoridades de otros sectores e instituciones del Estado (Fuerzas Armadas, Municipalidades, entre otros) e IE de gestión privada por convenio (salvo Colegios Militares), o IE EIB, el postulante debe acreditar los requisitos establecidos en los numerales 5.3.2.2.1, 5.3.2.2.3 y 5.3.2.2.4 del documento normativo ante la DRE, quien deberá verificar el cumplimiento de dichos requisitos en acto público. Para el requisito de la plaza en II.EE.EIB, el Minedu proporcionará a la DRE la información necesaria para la adjudicación de dichas plazas.

5.6.17.5 La DRE, dentro del plazo establecido en el cronograma, debe ingresar en el aplicativo dispuesto por el Minedu, las plazas adjudicadas por acto público.

5.6.17.6 El Minedu, dentro del plazo establecido en el cronograma, publica en su portal institucional los resultados de la adjudicación realizada por la DRE y con dicha publicación las UGEL emiten las resoluciones de los ganadores de la adjudicación por acto público de conformidad con lo señalado en el numeral 5.6.14 del documento normativo. Para ello el postulante ganador debe presentar la documentación señalada

en los numerales 5.6.13.2 y 5.6.13.3 del documento normativo, de acuerdo al plazo establecido en el cronograma.”

 

 

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domingo, 24 de septiembre de 2023

Aplicativo de Selección de Instituciones Educativas

 


Selección de instituciones educativas para postulantes del Concurso de Ingreso a la CPM 2022

El Ministerio de Educación informa a los postulantes que alcanzaron los puntajes mínimos establecidos para la Etapa Nacional y la Etapa Descentralizada del Concurso de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial 2022, que deben seleccionar las instituciones educativas con plazas disponibles para su grupo de inscripción, a través del siguiente aplicativo.





Los postulantes deben seleccionar en una sola región, como mínimo, veinte instituciones educativas o la oferta máxima disponible, y señalar el orden de preferencia para estas, donde uno (1) es el de mayor interés. Excepcionalmente, los postulantes que no encuentren plazas en la región que seleccionaron para ser nombrados, van a poder seleccionar las instituciones educativas de su interés en otra región.

Como se recuerda, la Etapa Descentralizada concluyó el 19 de setiembre, con la publicación de los resultados finales de dicha etapa, los que pueden ser revisados en el siguiente enlace: https://evaluaciondocente.perueduca.pe/nombramiento2022/resultados-finales-de-la-etapa-descentralizada/

 

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viernes, 22 de septiembre de 2023

Relación de Postulantes por Región para Nombramiento Docente

 


Concurso de Ingreso a la CPM 2022

El Concurso de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial es una convocatoria dirigida a todas las personas con título de profesor o de licenciado en educación que aspiran a nombrarse y desarrollar la función docente en alguna de las instituciones educativas de Educación Básica del sector público.

Esta convocatoria determinará el ingreso a la Carrera Pública Magisterial y los cuadros de mérito para el proceso de contratación docente del 2023 – 2024.

Es importante señalar que las inscripciones realizadas por los postulantes al Concurso de Ingreso a la CPM 2020 y 2021 son válidas para la presente convocatoria.


 

Resultados finales de la Etapa Descentralizada

A continuación, se presenta la relación de postulantes que superaron la Etapa Descentralizada, según la región donde fueron evaluados:

·         Amazonas

 

·         Áncash

 

·         Apurímac

 

·         Arequipa

 

·         Ayacucho

 

·         Cajamarca

 

·         Callao

 

·         Cusco

 

·         Huancavelica

 

·         Huánuco

 

·         Ica

 

·         Junín

 

·         La Libertad

 

·         Lambayeque


 

·         Lima Metropolitana

 

·         Lima Provincias

 

·         Loreto

 

·         Madre de Dios

 

·         Moquegua

 

·         Pasco

 

·         Piura

 

·         Puno

 

·         San Martín

 

·         Tacna

 

·         Tumbes

 

·         Ucayali

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NOMBRAMIENTO DOCENTE | Determinación de Ganadores



 

Concurso de Ingreso a la CPM 2022

El Concurso de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial es una convocatoria dirigida a todas las personas con título de profesor o de licenciado en educación que aspiran a nombrarse y desarrollar la función docente en alguna de las instituciones educativas de Educación Básica del sector público.

Esta convocatoria determinará el ingreso a la Carrera Pública Magisterial y los cuadros de mérito para el proceso de contratación docente del 2023 – 2024.



Determinación de ganadores

El Minedu procede a determinar los ganadores de concurso considerando en primer lugar el orden de mérito por IE a la que postula, según el Puntaje final obtenido por el postulante y, en segundo lugar, su preferencia. En caso de que en una IE exista más de una plaza del mismo grupo de inscripción en concurso, se realiza una lista única para determinar los ganadores hasta agotar el número de plazas en la IE.

En el caso del grupo de inscripción EBR Secundaria-Educación para el Trabajo, la determinación de los ganadores se establece por familia y especialidad técnica.

En el caso de las de las instituciones educativas de Educación Intercultural Bilingüe (EIB) que oferten plazas que exigen la certificación de la lengua originaria, el Minedu determina los ganadores considerando los requisitos de dominio de la lengua originaria regulado en el Anexo 2 de la Resolución Ministerial N° 646-2018-MINEDU; y, la inscripción en el Registro Nacional de Docentes Bilingües de Lenguas Originarias.



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