NOMBRAMIENTO DOCENTE | Adjudicación por Acto Público
ANEXO II
INCORPORACIÓN DEL NUMERAL 5.6.17 AL DOCUMENTO NORMATIVO DENOMINADO “DISPOSICIONES
QUE REGULAN EL CONCURSO PÚBLICO DE INGRESO A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL -
2022 Y QUE DETERMINA LOS CUADROS DE MÉRITO PARA LA CONTRATACIÓN DOCENTE
2023-2024 EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA”, APROBADO
MEDIANTE RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 081-2022-MINEDU Y MODIFICADO MEDIANTE
LAS RESOLUCIONES VICEMINISTERIALES N° 006-2023-MINEDU, N° 015-2023-MINEDU, N°028-2023-MINEDU,
N° 092-2023-MINEDU Y N° 117-2023-MINEDU
“5. DESARROLLO DEL DOCUMENTO NORMATIVO
(...)
5.6 Disposiciones Específicas
(...)
5.6.17 Adjudicación por acto público
5.6.17.1 Pueden participar en la
adjudicación por acto público ante la DRE los postulantes que no seleccionaron
II.EE. en la selección extraordinaria de la Fase Extraordinaria del concurso o
no ganaron una plaza en dicha actividad. Excepcionalmente, en este grupo se
incluyen a aquellos postulantes que registraron en el Formulario de
Cumplimiento de Requisitos y Valoración de Trayectoria Profesional en el
aplicativo dispuesto por el Minedu que no postulaban a II.EE. de zona de
frontera, II.EE. públicas de gestión directa gestionadas por autoridades de
otros sectores e instituciones del Estado (Fuerzas Armadas, Municipalidades,
entre otros) e II.EE. de gestión privada por convenio (salvo Colegios
Militares) o, II.EE. EIB.
La relación de postulantes es publicada en el portal institucional del
Minedu, por grupo de inscripción y en estricto orden de mérito establecido en
función de su puntaje final.
En caso de empate, se tomará en cuenta los criterios definidos en los
numerales 5.6.11.4 y 5.6.11.5 del documento normativo.
5.6.17.2 Las plazas vacantes de las II.EE. que se encuentran disponibles
luego de la actividad de selección extraordinaria de II.EE. de la Fase
Extraordinaria del concurso son publicadas en el portal institucional del
Minedu, para ser ofertadas en un acto de adjudicación pública organizado por la
DRE considerando la región que el postulante seleccionó para nombrarse, la
disponibilidad de plazas de acuerdo al grupo de inscripción y por orden de
mérito, en el plazo establecido en el cronograma.
5.6.17.3 Se podrá presentar al acto de adjudicación, organizado por la
DRE, el postulante o su representante debidamente acreditado con su DNI
original, quien debe presentar, además, la carta poder simple y copia del DNI
del postulante.
5.6.17.4 Para adjudicar una plaza en una IE ubicada en zona de frontera,
IE pública de gestión directa gestionada por autoridades de otros sectores e
instituciones del Estado (Fuerzas Armadas, Municipalidades, entre otros) e IE
de gestión privada por convenio (salvo Colegios Militares), o IE EIB, el
postulante debe acreditar los requisitos establecidos en los numerales
5.3.2.2.1, 5.3.2.2.3 y 5.3.2.2.4 del documento normativo ante la DRE, quien
deberá verificar el cumplimiento de dichos requisitos en acto público. Para el
requisito de la plaza en II.EE.EIB, el Minedu proporcionará a la DRE la información
necesaria para la adjudicación de dichas plazas.
5.6.17.5 La DRE, dentro del plazo establecido en el cronograma, debe
ingresar en el aplicativo dispuesto por el Minedu, las plazas adjudicadas por
acto público.
5.6.17.6 El Minedu, dentro del plazo establecido en el cronograma,
publica en su portal institucional los resultados de la adjudicación realizada
por la DRE y con dicha publicación las UGEL emiten las resoluciones de los
ganadores de la adjudicación por acto público de conformidad con lo señalado en
el numeral 5.6.14 del documento normativo. Para ello el postulante ganador debe
presentar la documentación señalada
en los numerales 5.6.13.2 y 5.6.13.3 del documento normativo, de acuerdo
al plazo establecido en el cronograma.”
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