Nombramiento Docente 2024 y Contratación 2025-2026
Aprueban Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso
Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2024 y que determina la
relación de postulantes habilitados para la Contratación Docente 2025-2026 en
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica” y convocan Concurso
Público
RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL N° 037-2024-MINEDU
Lima, 3 de abril de 2024
VISTOS, el Expediente N° DIED2024-INT-0142569, el Informe N°
00241-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED y el Oficio N° 00716-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED
de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo
Docente; el Informe N° 00372-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de
Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto; el Informe N° 00427-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de
Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N°
31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece
que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del
Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y
el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones
rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear,
dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y
sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así
como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de
competencia, respectivamente;
Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial, dispone que el Ministerio de Educación establece la política y las
normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de
evaluación. Asimismo, prevé que, en coordinación con los gobiernos regionales,
es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para
el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública
Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, de conformidad con el artículo
17 de la Ley de Reforma Magisterial el ingreso a la Carrera Pública Magisterial
es por concurso público y se formaliza mediante resolución de nombramiento en
la primera escala magisterial; asimismo, el artículo 19 de la citada Ley
establece que el Ministerio de Educación autoriza, cada dos años, la
convocatoria para el concurso público de ingreso a la Carrera Pública
Magisterial;
Que, el artículo 76 de la Ley de Reforma Magisterial dispone que
las plazas vacantes existentes en las instituciones educativas no cubiertas por
nombramiento, son atendidas vía concurso público de contratación docente. Para
tal efecto, el artículo 209 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial,
aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED, establece que el Ministerio de
Educación emitirá las normas de procedimiento para contratación de profesores,
las que son de obligatorio cumplimiento a nivel nacional por las Instancias de
Gestión Educativa Descentralizada;
Que, en el marco de las
disposiciones antes señaladas, mediante los Oficios N°
00589-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD y N° 00812-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección
General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión
Pedagógica el Informe N° 00241-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED y el Oficio N°
00716-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, respectivamente, elaborados por la
Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la referida Dirección General,
a través del cual propone y sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica
denominada “Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera
Pública Magisterial - 2024 y que determina la relación de postulantes
habilitados para la Contratación Docente 2025-2026 en Instituciones Educativas
Públicas de Educación Básica”, el cual tiene como objeto establecer los
requisitos, criterios y procedimientos técnicos para la organización,
implementación y ejecución del citado concurso público (en adelante, la
propuesta normativa);
Que, la propuesta normativa cuenta con la conformidad de la
Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General
de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), de la Dirección General de Servicios
Educativos Especializados (DIGESE), de la Dirección General de Educación Básica
Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito
Rural (DIGEIBIRA), de la Dirección General de Educación Técnico- Productiva y
Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA), de la Dirección General de
Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección Técnico Normativa de
Docentes (DITEN), de la Dirección de Formación Docente en Servicio (DIFODS), de
la Dirección de Formación Inicial Docente (DIFOID) y de la Dirección de
Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente (DIBRED);
Que, mediante el Informe N° 00372-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP,
la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación
Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación
Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta normativa, por cuanto, en
materia de planificación se encuentra alineada con los objetivos y acciones
estratégicas e institucionales del sector Educación; y en materia presupuestal
no irrogará gastos adicionales a los programados en el Pliego 010. Ministerio
de Educación ni al Tesoro Público;
Que, asimismo, con Informe N° 00427-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la
Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de
la propuesta normativa;
Que, de acuerdo con el literal a) del numeral 1.1 del artículo 1
de la Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU, se delega en la Viceministra
de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y
atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban,
modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de
Educación en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29944, Ley de
Reforma Magisterial, el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED; el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto
Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante
la Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula el
Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2024 y que
determina la relación de postulantes habilitados para la Contratación Docente
2025-2026 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, la misma
que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Convocar al Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública
Magisterial - 2024 y que determina la relación de postulantes habilitados para
la Contratación Docente 2025-2026 en Instituciones Educativas Públicas de
Educación Básica.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo
en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal
institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de
la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA
ESTHER CUADROS ESPINOZA
Viceministra de Gestión Pedagógica
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