Puntaje Requerido para el Nombramiento Docente 2024
1. ETAPA NACIONAL
En esta etapa se aplica la Prueba
Nacional, compuesta por dos (2) subpruebas: Habilidades Generales, y
Conocimientos Pedagógicos, Curriculares y Disciplinares de la Especialidad.
La aplicación de la Prueba Nacional
se realiza en las fechas establecidas en el cronograma en los locales de
evaluación dispuestos para este efecto en todas las regiones del país. Para
responder a esta prueba, se ha asignado un tiempo de tres (3) horas y cuarenta
y cinco (45) minutos a los postulantes. En la aplicación, el postulante recibe
su cuadernillo de la prueba en formato impreso y debe marcar sus respuestas en
la Ficha de Respuestas que le es entregada en el aula, siguiendo las
indicaciones establecidas en el cuadernillo.
A continuación, se detalla el valor
de cada pregunta y el puntaje máximo en cada subprueba, y los puntajes mínimos
requeridos para clasificar a la Etapa Descentralizada.
Tabla 1.
Composición de la Prueba Nacional Subprueba
|
Número de preguntas |
Valor de cada pregunta |
Puntaje máximo |
Puntaje mínimo requerido |
Habilidades Generales |
25 |
2 |
50 |
- |
Conocimientos Pedagógicos,
Curriculares y Disciplinares de la Especialidad |
50 |
3 |
150 |
84 |
Total |
75 |
- |
200 |
110 |
Para clasificar a la Etapa
Descentralizada, el postulante debe cumplir dos condiciones: (i) obtener
ochenta y cuatro (84) puntos o más en la subprueba de Conocimientos
Pedagógicos, Curriculares y Disciplinares de la Especialidad, y (ii) obtener
ciento diez (110) puntos o más en el puntaje total de la Prueba Nacional, es
decir, en la suma de los puntajes obtenidos en las dos subpruebas.
1.1. Subprueba de Habilidades
Generales
Consta de veinticinco (25) preguntas.
Cada pregunta correctamente respondida otorga al postulante dos (2) puntos, de
forma que el puntaje máximo es de cincuenta (50) puntos. En esta subprueba no
se requiere puntaje mínimo.
Esta subprueba evalúa la capacidad
del postulante para analizar y comprender información de un texto, identificando
ideas explícitas e implícitas, estructurando premisas y reconociendo las
relaciones lógicas entre diversas proposiciones. Asimismo, evalúa la capacidad
de construir soluciones y resolver problemas, realizar inducciones y
deducciones e identificar los argumentos que las fundamentan.
1.2.
Subprueba de Conocimientos Pedagógicos, Curriculares y Disciplinares de la
Especialidad
Consta de cincuenta (50) preguntas.
Cada pregunta correctamente respondida otorga al postulante tres puntos (3), de
forma que el puntaje máximo es de ciento cincuenta (150) puntos. Para superar
esta subprueba, el postulante debe responder correctamente al menos veintiocho
(28) preguntas, de modo que su puntaje sea como mínimo ochenta y cuatro (84)
puntos.
Esta subprueba evalúa el conocimiento
pedagógico del postulante a partir de su puesta en uso en situaciones propias
de la práctica docente. En particular, evalúa la aplicación de principios
pedagógicos fundamentales que permiten la construcción del aprendizaje, de
acuerdo con los enfoques y principios señalados en los documentos curriculares
vigentes, así como la comprensión de las teorías del aprendizaje vigentes, y
los fines y principios de la educación peruana.
Asimismo,
evalúa los conocimientos pedagógicos relacionados con la didáctica específica,
así como los conocimientos disciplinares relevantes de la especialidad para
promover el desarrollo de las competencias y capacidades propuestas en los
documentos curriculares vigentes. Estos conocimientos se evalúan en uso e
implican la comprensión del enfoque por competencias teniendo en cuenta las
necesidades educativas de los estudiantes en sus procesos de aprendizaje.
2. ETAPA DESCENTRALIZADA
Acceden a la Etapa Descentralizada
los postulantes que superaron los puntajes mínimos establecidos en la Etapa
Nacional.
En esta etapa, a cargo de los Comités
de Evaluación, se evalúan la Competencia Pedagógica y la Trayectoria
Profesional (formación académica y profesional, reconocimiento y experiencia
laboral) de los postulantes.
Para efectos de esta evaluación, la
Competencia Pedagógica es definida como la facultad del docente para
facilitar actividades que, en el marco de atención a la diversidad, promuevan
aprendizajes significativos, lo que se evidencia cuando gestiona situaciones
desafiantes y motivadoras y ofrece soporte pedagógico a los estudiantes en un
clima favorable; demostrando idoneidad profesional para participar en la
gestión de la institución educativa (IE) y compromiso con su profesión docente.
El término institución educativa comprende tanto a la institución educativa
pública como al programa educativo público.
La Competencia Pedagógica es evaluada
mediante la observación del desenvolvimiento del postulante durante la
facilitación de una actividad de aprendizaje y una entrevista con la que se
recoge información con respecto a su perfil para participar en la gestión de la
institución educativa (IE) y a su compromiso docente.
Por su parte, la Trayectoria
Profesional es valorada a través de una matriz, que permite calificar de forma
estandarizada la formación académica y profesional, el reconocimiento y la
experiencia laboral que acredita el postulante ante el Comité de Evaluación.
En
la siguiente tabla se presentan los instrumentos de evaluación de la Etapa
Descentralizada.
Tabla 2.
Instrumentos de la Etapa Descentralizada Dimensión |
Instrumento |
Puntaje mínimo requerido |
Puntaje máximo |
||
Competencia Pedagógica |
Rúbricas de observación de la
facilitación de actividades de aprendizaje |
30 |
50 |
||
Entrevista |
--- |
10 |
|||
Trayectoria Profesional |
Matriz de valoración de la
Trayectoria Profesional* |
--- |
40 |
||
TOTAL |
100 |
||||
*El
postulante que acredite ser reconocido como “Deportista Calificado de Alto
Nivel” obtiene una bonificación sobre el puntaje obtenido en la Trayectoria
Profesional. Esta bonificación varía entre 4% y 20%.
El Comité de Evaluación debe
comunicar a los postulantes, de manera formal y con la debida antelación, la
fecha, la hora y el lugar de aplicación de los instrumentos de evaluación. La
convocatoria es realizada por oficio, correo electrónico u otro documento
escrito formal que permita contar con la constancia del envío de la
comunicación por parte del Comité de Evaluación y de la confirmación de
recepción de ésta por parte del postulante. Es responsabilidad del postulante
revisar el medio de contacto que registró durante su inscripción, pues es a
través de éste que el Comité de Evaluación le hará llegar la convocatoria. En
el Anexo VII de la presente norma técnica se brinda un modelo de esta
convocatoria.
En caso de que el postulante requiera
desplazarse a una región distinta a la de su residencia, el Comité de
Evaluación deberá brindarle las facilidades para que pueda asistir a la
aplicación de los instrumentos. Si el postulante se encontrase en esta
situación, deberá comunicárselo al Comité de Evaluación.
Por otra parte, si el postulante no pudiese presentarse a la aplicación de alguno de los instrumentos de evaluación por caso fortuito o fuerza mayor, podrá solicitar su reprogramación siempre que cuente con el sustento correspondiente. Para ello, el postulante tendrá un plazo máximo de dos (2) días hábiles, desde el día de la inasistencia, para presentar su solicitud dirigida al presidente del Comité de Evaluación, a través del medio desde el cual se haya realizado la convocatoria, adjuntando el documento que respalde el motivo de su no presentación a la aplicación del instrumento. El Comité de Evaluación deberá evaluar el pedido de reprogramación del postulante, considerando que ésta no afecte lo previsto en el cronograma de la evaluación y lo que ha planificado, y de proceder, comunicará la fecha, la hora y el lugar de la reprogramación al postulante, exceptuándose del plazo de anticipación previsto en la convocatoria de la aplicación del instrumento.
El
Comité de Evaluación debe realizar la programación de la aplicación de los
instrumentos a su cargo hasta siete (7) días calendario antes de que concluya
esta actividad, de tal manera que le permita atender posibles situaciones de
reprogramación; pues con ello garantizará la evaluación de todos los
postulantes en el plazo establecido en el cronograma. Asimismo, debe considerar
en la programación de la aplicación de los instrumentos de evaluación la carga
horaria de los integrantes del Comité de Evaluación. Si alguno de los
integrantes del Comité de Evaluación tiene aula a cargo, la aplicación de los
instrumentos debe realizarse fuera del horario de clases a fin de no afectar la
prestación del servicio educativo.
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