Congreso Aprueba Nombramiento Docente Automático | Conozca los requisitos aquí
El Pleno del Congreso de la República aprobó el dictamen que
autoriza el nombramiento excepcional de docentes contratados en educación
básica regular, iniciativa legislativa que se sustenta en el proyecto de ley
1587.
A la iniciativa, se le acumularon
los proyectos de ley 1231/2021, 1293/2021, 2534/2021 y 2366/2021. Obtuvo
ochenta votos a favor, veintiocho en contra y seis abstenciones. Fue exonerada
de segunda votación.
El titular de la Comisión de
Presupuesto y Cuenta General de la República, José Luna Gálvez (PP), precisó
que el objeto de la
iniciativa es autorizar, de manera excepcional, el nombramiento de docentes
contratados en educación básica regular que hubieran accedido a plaza
presupuestada orgánica de contrato, mediante concurso público de méritos, y que
reúnan los requisitos establecidos en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial.
Informó que se encuentran comprendidas en el
ámbito de aplicación de la presente ley, los docentes contratados en educación
básica regular con más de tres años de servicio, y pasó a enumerar los
requisitos para este nombramiento excepcional.
Por ejemplo, pueden acogerse a la
presente ley los docentes que, a la entrada en vigor de la presente ley, cumplan tres o más años de
contrato vigente acumulado hasta la actualidad; o, tres o más años de
contratación acumulada.
Además, quienes hayan accedido a
la plaza del contrato mediante concurso público, si es que la plaza a la que
aspira para el nombramiento está vacante y formalmente presupuestada.
En cuanto a su financiamiento,
afirmó que la presente norma “se financia con cargo a los presupuestos
institucionales del Ministerio de Educación y de los gobiernos regionales sin
demandar recursos adicionales al tesoro público”.
Por su parte, la titular de la
Comisión de Trabajo y Seguridad Social, Sigrid Bazán Narro (CD-JP), declaró que
resulta recomendable su aprobación debido a la importancia de la educación, ya
que “configura como un derecho multiplicador que garantiza todo lo demás; su
contenido implica el derecho a enseñar, a aprender y a maximizar el desarrollo
de la personalidad de los ciudadanos”.
Refirió que “los docentes
contratados, al no tener estabilidad laboral, se mantienen en un estado de
incertidumbre respecto de su permanencia en el puesto de trabajo y se vulnera
la preferencia y la Constitución y la ley, que le otorgan a la contratación a
plazo indeterminado, determinada estabilidad laboral de entrada”
La congresista Flor Pablo Medina
(NoA) planteó una cuestión previa para que el dictamen se derive a la Comisión
de Educación Juventud y Deporte, sea revisada y se elabore un nuevo dictamen;
la misma fue rechazada con 43 votos a favor, 65 votos en contra y seis
abstenciones.
OFICINA DE COMUNICACIONES
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