De la distribución de la Jornada Laboral en IIEE JER, JEC, EIB, SA, SRE, ST y CEBA-ciclo avanzado

a) La jornada de trabajo del profesor en la IE pública de gestión directa e instituciones educativas públicas de gestión privada es de lunes a viernes, encontrándose prohibido conceder día libre al profesor (salvo problemas de salud, debidamente justificados y que no afecten el servicio educativo), bajo responsabilidad de quien lo otorgue. Se encuentran exceptuados de esta disposición los profesores que laboran en los CEBA y en aquellas IIEE públicas donde por razones debidamente justificadas cuentan con horarios flexibles, conforme lo establece el numeral 138.2 del artículo 138 del Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial.

b) El director de la IE informa a la UGEL el cumplimiento de las horas de la jornada del trabajo del profesor en forma mensual.

c) En el caso de las instituciones educativas públicas de gestión directa e instituciones educativas públicas de gestión privada del nivel de educación secundaria JER y de secundaria EIB, los profesores nombrados tienen una jornada laboral de treinta (30)25 horas pedagógicas semanal-mensual, la cual incluye las siguientes actividades extracurriculares:

Cuadro Nº 14: Actividades extracurriculares que complementan las sesiones de aprendizaje para IIEE JER e EIB

 


A continuación, se dan orientaciones generales sobre cómo desarrollar las actividades que conforman la jornada laboral:

·        Veinticuatro (24), Veinticinco (25), veintiséis (26) horas pedagógicas asignadas a las áreas curriculares del plan de estudios, incluyendo tutoría.

·        Cinco (05), cuatro (04) o tres (03) horas pedagógicas destinadas al refuerzo escolar, considerando la Norma Técnica que aprueba la estrategia del Refuerzo Escolar, la misma que será realizada dentro de la jornada escolar de ocho (08) horas diarias.

·        Una (01) hora pedagógica de trabajo colegiado o destinada en forma alternada a trabajo colegiado, brindar atención a padres de familia del estudiante o equivalente o de atención al estudiante para actividades de planificación y evaluación del desarrollo de los programas curriculares, intercambio de estrategias y prácticas para la enseñanza aprendizaje, elaboración de instrumentos de evaluación, fortalecimiento del dominio y didáctica disciplinaria, monitoreo y acompañamiento a sus pares; concertar entrevistas que permitan recoger información relevante, así como ofrecer orientaciones a familias; para tareas de reforzamiento en el aspecto cognitivo y socio afectivo de manera grupal o personalizado en el área de su competencia y en coordinación con el tutor del estudiante, así como actividades de recuperación, nivelación y retroalimentación escrita, a desarrollarse a contra horario durante la semana escolar, en coordinación con el director y subdirector de la IE y con autorización de los padres de familia. Todas estas actividades serán registradas mediante actas u otras evidencias, y visado por el director de la IE.

·        El director de la IE y los comités serán los responsables de dar cumplimiento a la distribución de las horas.

RVM N° 148-2023-MINEDU