Matriz de Valoración de Trayectoria Profesional
Matriz de Valoración de Trayectoria Profesional
• Los títulos o documentos con los que el postulante
acredita los requisitos generales o específicos no otorgan puntaje en la Matriz
de valoración de la trayectoria profesional.
• Los criterios 1.1 y 1.2 de la Formación Académica y
Profesional pueden estar vinculados o no a educación.
• En los criterios 1.3, 1.4 y 1.5 del rubro Formación
Académica y Profesional, para contabilizar los últimos años se debe considerar
como fecha de referencia un día antes del inicio de la actividad Registro, por
parte de los postulantes, del Formulario de cumplimiento de requisitos
generales y Trayectoria Profesional, a través del aplicativo dispuesto por la
DIED en el portal institucional del MINEDU. En caso el documento no precise la
fecha de término de los estudios realizados se considera la fecha de emisión
del documento.
• Para el criterio 1.3 del rubro Formación Académica y
Profesional, también se otorgará puntaje a las Diplomaturas realizadas en
universidades o EESP en los últimos cinco (5) años, que cuente con un mínimo de
24 créditos o 384 horas.
• Para acreditar la experiencia laboral antes de la
emisión del título, el postulante debe presentar la constancia de egresado de
la institución de formación docente. En caso de que no se presente la
constancia de egreso, la experiencia se contabilizará a partir del diploma del
estudio que cuente con la fecha de expedición más antigua entre aquellos
presentados por el postulante: bachiller, licenciatura o título pedagógico.
• Se contabiliza como un (1) año de experiencia laboral la
sumatoria de 10 meses acumulados en un mismo año o en diferentes años que hayan
sido laborados en una o más IIEE.
• Los años de experiencia laboral contabilizados en el
criterio 3.1 de la experiencia laboral referente a las IIEE EIB o ubicadas en
zona de frontera, rural o VRAEM, también podrán ser considerados en la
experiencia laboral señalada en el criterio 3.2 del mismo rubro. Para acreditar
la experiencia laboral se considera la experiencia del grupo de inscripción al
que postula u otra distinta al mismo.
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