OFICIO MÚLTIPLE N° 00095-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD Señoras/es DIRECTORES REGIONALES DE EDUCACIÓN GERENTES REGIONALES DE EDUCACIÓN DIRECTORES DE UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL

Presente. –

Asunto: Se remite propuesta de cronograma de actividades y precisiones para la implementación del proceso de encargatura 

Referencia: Resolución Viceministerial N.° 147-2023-MINEDU

De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, con la finalidad de hacerles de conocimiento alcances respecto al proceso de encargatura que se desarrollará el presente año 2024, la misma que tendrá vigencia para el año 2025; en el marco de lo establecido con la norma de la referencia, la cual establece lo siguiente:

5.4 Del cronograma de actividades

a) “La Dirección General de Desarrollo Docente, previo informe de la DITEN, traslada a las DRE una propuesta del cronograma de actividades; luego mediante acto resolutivo las DRE aprueban el cronograma regional y lo difunden a las UGEL que pertenecen a su ámbito regional, teniendo en cuenta el mes establecido para el desarrollo de cada etapa del proceso de encargatura descrito en el numeral 5.2 de la presente norma técnica”. Al respecto, para la realización e implementación del mencionado proceso de encargatura a desarrollarse el presente año, se remite una propuesta de cronograma de actividades y se efectúan precisiones a tener en consideración:

1. Sobre la aprobación del cronograma regional y conformación del comité de encargatura.

La DRE o la que haga sus veces, deberá aprobar su cronograma regional del proceso de encargatura hasta el lunes 26 de agosto de 2024, y deberán notificarlo a las UGEL de su jurisdicción para su publicación a través de medios de comunicación masiva, garantizando la transparencia y derecho de participación en dicho proceso. El procedimiento para la conformación del comité de encargatura, según la clasificación de cargos, se encuentra regulado en el numeral 5.3.1 de la norma técnica, por lo que las UGEL y DRE o la que haga sus veces, deben conformar los respectivos comités hasta el jueves 29 de agosto de 2024.

2. Sobre la etapa de ratificación del encargo de puesto.

Al respecto, precisar que para el presente año se implementará la primera etapa de ratificación del encargo de puesto, para lo cual el comité de encargatura aplica las fichas de evaluación de desempeño de gestión en la encargatura, a todos los profesores encargados, de acuerdo con los plazos establecidos en el cronograma aprobado por la DRE; todo ello con la finalidad de encargar por un periodo adicional al profesor que supere la evaluación de desempeño en su gestión como encargado, y que cumpla con las condiciones descritas en el subnumeral 6.1.1 de la presente norma técnica. Cabe precisar que esta etapa no aplica para la encargatura de directivos de DRE y UGEL.


3. Sobre la encargatura de funciones y el encargo en IIEE por convenio y otras.

La norma de encargatura establece en el literal b) del numeral 6.4.1 que el procedimiento de encargo de funciones se encuentra a cargo del Jefe de Recursos Humanos o quien haga sus veces de la UGEL/DRE, no siendo competencia del comité de encargatura, y se realiza de forma simultánea a partir de la segunda etapa de la encargatura regular. Asimismo, la acotada norma, establece en el literal d) del numeral 6.4.2 el procedimiento para el encargo por convenio y otras, señalando que la presentación de la propuesta y la cobertura de las plazas vacantes se realiza en cualquiera de las etapas contempladas en la presente norma técnica, no siendo necesario ajustarse a las actividades y plazos señalados por cada etapa en el cronograma regional. La verificación de los requisitos está a cargo del Jefe de Recursos Humanos o quien haga sus veces en la DRE/UGEL. En ese sentido, precisar que dichas situaciones especiales de encargo se desarrollan de manera transversal al cronograma de actividades del proceso de encargatura, precisando que la fecha límite para el registro en el sistema NEXUS de la encargatura de funciones y por convenio es hasta el 13 de diciembre del presente año.

4. Sobre la identificación y publicación de plazas

El Minedu, a través de la DITEN, prepublica las plazas vacantes, de acuerdo a las fechas establecidas en el cronograma adjunto y comunica a las DRE/UGEL, para que, según corresponda, validen las plazas y efectúen su publicación final, teniendo en cuenta lo establecido en el numeral 5.1.9 de la NT. Es responsabilidad del encargado del sistema Nexus de cada UGEL mantener actualizado la información del mencionado sistema de plazas, con la finalidad de que se reporte de forma adecuada las plazas orgánicas vacantes que son parte del proceso de encargatura. En ese sentido, la prepublicación de plazas considerará el reporte de la data al 28.08.2024 por parte del encargado del sistema Nexus de la UGEL.


5. Sobre el cronograma de actividades para la implementación del proceso de encargatura para el año 2025

En atención de lo regulado en el literal a) del numeral 5.4 de la acotada norma técnica, se traslada la propuesta de cronograma de actividades para la implementación del proceso de encargatura, la cual se adjunta como anexo. Considerando lo antes señalado, se recomienda que las UGEL, y los miembros del comité de encargatura, realicen sus funciones (procedimiento, verificación de requisitos y evaluación de expedientes, etc.) en el marco de lo establecido en la Norma Técnica que regula el proceso de encargatura, así como se ciñan a los plazos establecidos en el citado documento y cronograma de encargatura. Por lo expuesto, corresponde que sus despachos adopten las acciones inmediatas en el marco de sus competencias para lograr que la implementación del proceso de encargatura para el año 2025 se desarrolle de manera transparente, garantizando la participación de todos los postulantes.






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