Convocan a Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas en Educación
Aprueban la Norma Técnica denominada
“Norma que regula el Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos y de
Especialistas en Educación en las Instancias de Gestión Educativa
Descentralizada 2022-2023, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la
Ley de Reforma Magisterial”, y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº
166-2022-MINEDU
Lima, 19 de diciembre de 2022
VISTOS, el Expediente Nº DIED2022-INT-0290294,
el Informe Nº 05560-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación
Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº
02096-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº
01534-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector
Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de
Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a)
del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y
técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar,
supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia,
aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones
normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley
General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del
Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la
política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política
general del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h)
del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación
definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del
personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la
Carrera Pública Magisterial;
Que, el artículo 15 de la Ley Nº 29944, Ley de
Reforma Magisterial (en adelante, Ley de Reforma Magisterial), señala que el
Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación
docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en
coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar,
planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia,
ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando
su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, de conformidad con el artículo 32 de la
citada Ley, el Ministerio de Educación, en coordinación con los Gobiernos
Regionales, convoca a concursos para el acceso a cargos, cada dos años, los que
se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a normas, especificaciones
técnicas y criterios de buen desempeño exigibles para cada cargo. Además, el
artículo 33 de la referida Ley, dispone que el profesor puede acceder a otros
cargos de las áreas de desempeño laboral por concurso y por el periodo de
cuatro años;
Que, conforme a lo dispuesto por los literales
b), c) y d) del artículo 35 de la Ley de Reforma Magisterial, el Área de
Gestión Institucional comprende los cargos de Director o Jefe de Gestión
Pedagógica; Especialista en Educación y, Directivos de Institución Educativa,
respectivamente; cargos a los que se acceden por concurso público;
Que, los numerales 57.3 y 57.4 del artículo 57
del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 004-2013-ED, establecen que el Ministerio de Educación de manera
coordinada entre sus Direcciones y las otras instancias de gestión educativa
descentralizada, determina los criterios e indicadores para la evaluación con
fines de acceso a cada cargo; y, en coordinación con los Gobiernos Regionales,
emite las normas específicas para cada concurso de acceso a cargos;
Que, el numeral 59.1 del artículo 59 del
precitado Reglamento establece que los cargos del Área de Desempeño Laboral,
son designados previo concurso, de acuerdo a los criterios establecidos por el
Ministerio de Educación;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº
118-2022-MINEDU, modificada por Resolución Viceministerial Nº 129-2022-MINEDU,
se aprobó la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público de
Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas en Educación en las Instancias de
Gestión Educativa Descentralizada-2022, en el marco de la Carrera Pública
Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”, la cual establecía los
requisitos, criterios y procedimientos técnicos para la organización,
implementación y ejecución del Concurso Público de Acceso a los Cargos de
Director de Gestión Pedagógica de la Dirección Regional de Educación y Jefe del
Área de Gestión Pedagógica de la Unidad de Gestión Educativa Local;
Especialista en Educación de la Dirección Regional de Educación y de la Unidad
de Gestión Educativa Local y, Directivos de Institución Educativa, en
concordancia con lo establecido en la Ley de Reforma Magisterial y su
Reglamento;
Que, conforme al numeral 5.4.1 de la Resolución
Viceministerial Nº 118-2022-MINEDU, también se aprobó la convocatoria del Concurso
Público de Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas en Educación en las
Instancias de Gestión Educativa Descentralizada-2022;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº
159-2022-MINEDU se deroga la Norma Técnica denominada “Norma que regula el
Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas en Educación
en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada-2022, en el marco de la
Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”, aprobada por la
Resolución Viceministerial Nº 118-2022-MINEDU y modificada mediante Resolución
Viceministerial Nº 129-2022-MINEDU;
Que, en el marco de las disposiciones legales
antes señaladas, mediante el Oficio Nº 01849-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la
Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de
Gestión Pedagógica el Informe Nº 05560-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado
por la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la referida Dirección
General, en el que se sustenta la necesidad de aprobar una nueva Norma Técnica
denominada “Norma que regula el Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos
y de Especialistas en Educación en Instancias de Gestión Educativa
Descentralizada 2022-2023, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la
Ley de Reforma Magisterial” (en adelante, la propuesta normativa); con la
finalidad de brindar seguridad jurídica a los postulantes inscritos en el
citado concurso; y a fin de no vulnerar su derecho al desarrollo profesional
mediante las evaluaciones docentes en el marco de la carrera magisterial,
garantizando el fortalecimiento de la Educación Intercultural Bilingüe;
Que, la citada propuesta normativa tiene como
objetivo establecer los criterios y procedimientos técnicos para la
organización, implementación y ejecución del Concurso Público de Acceso a los
Cargos de Director de Gestión Pedagógica de la Dirección Regional de Educación
y Jefe del Área de Gestión Pedagógica de la Unidad de Gestión Educativa Local;
Especialista en Educación de la Dirección Regional de Educación y de la Unidad
de Gestión Educativa Local y, Directivos de Institución Educativa;
Que, asimismo, la propuesta normativa cuenta
con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular
(DIGEBR), de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la
Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), de la Dirección
General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE), de la Dirección
General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios
Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), de la Dirección General de Educación
Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA), de la
Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN), de la Dirección de Formación
Docente en Servicio (DIFODS) y de la Dirección de Promoción del Bienestar y
Reconocimiento Docente (DIBRED); estas tres últimas dependientes de la
Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD);
Que, a través del Informe Nº
02096-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la
Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la
propuesta, por cuanto su objetivo y alcances se encuentran alineados a los
objetivos estratégicos e institucionales del sector Educación; asimismo, desde
el punto de vista presupuestal, su implementación se ejecuta con los recursos
asignados en las actividades presupuestarias 5004409. Evaluación de Acceso y
Formación de Directores y 5004619. Evaluación para Cargos de Especialistas,
Jefes del Área de Gestión Pedagógica y Directores de la Unidad de Gestión
Educativa Local para el Año Fiscal 2022 y, adicionalmente, durante el Año
Fiscal 2023, se ejecutará con cargo a los recursos a ser priorizados en las
actividades presupuestarias listadas anteriormente, añadiéndose a estas la
actividad 5004410. Evaluación de Ascenso de Docentes;
Que, asimismo, con Informe Nº
01534-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite
opinión legal favorable respecto de la propuesta, sugiriendo proseguir con el
trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del
numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 008-2022-MINEDU, se
delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación,
entre otras facultades y atribuciones, emitir y aprobar los actos resolutivos
que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del
Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto
en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley
Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y en su Reglamento, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; en el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº
001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante la
Resolución Ministerial Nº 008-2022-MINEDU;
SE
RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma
Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público de Acceso a Cargos
Directivos y de Especialistas en Educación en las Instancias de Gestión
Educativa Descentralizada 2022-2023, en el marco de la Carrera Pública
Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial” que, como anexo, forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Convocar al
Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas en Educación
en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada-2022-2023, en el marco
de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial, conforme
con las disposiciones establecidas en la Norma Técnica aprobada por el artículo
1 de la presente Resolución.
Artículo 3.- Mantener la
inscripción de los postulantes del Concurso Público de Acceso a Cargos
Directivos y de Especialistas en Educación en las Instancias de Gestión
Educativa Descentralizada-2022, en el marco de la Carrera Pública Magisterial
de la Ley de Reforma Magisterial, quienes se consideran inscritos para
participar en el Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos y de
Especialistas en Educación en las Instancias de Gestión Educativa
Descentralizada 2022-2023, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la
Ley de Reforma Magisterial, salvo que declaren su intención de no participar en
el mismo.
Artículo 4.- Encargar a la
Dirección General de Desarrollo Docente y a las Instancias de Gestión Educativa
Descentralizada, en el marco de sus competencias, el cumplimiento de las
disposiciones previstas en la Norma Técnica aprobada por el artículo 1 de la
presente Resolución.
Artículo 5.- Disponer la
publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información
Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio
de Educación (www.gob.pe/minedu),
el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial
“El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER
ALBERTO HERNÁNDEZ ALCANTARA
Viceministro de Gestión Pedagógica
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