OFICIO MÚLTIPLE N° 00212-2022-MINEDU/VMGP-DIGEBR

Acciones de Recuperación Pedagógica

Las/los estudiantes de los niveles de educación primaria y secundaria de EBR; y de los ciclos inicial, intermedio y avanzado de EBA que no lograron los niveles esperados en la(s) competencia(s) al finalizar el periodo lectivo 2022 tendrán que ser atendidos, en el marco del enfoque de competencias, con acciones de recuperación para continuar con su desarrollo.

Cada IE y programa educativo, de acuerdo con las características del servicio educativo, descentralizado, y centrado en el estudiante y su bienestar socioemocional; brindarán dichas acciones de recuperación de los aprendizajes a fin de que las/los estudiantes que las requieran, logren los niveles esperados de la(s) competencia(s). La IE, en el marco de su autonomía, organiza las acciones de recuperación a ser implementadas, de manera presencial, semipresencial o a distancia según las características y necesidades del contexto.

Los directores de las IIEE públicas y privadas de EBR están facultados a organizar, programar y ejecutar acciones de recuperación, los cuales tienen por finalidad que las/los estudiantes que no lograron los niveles esperados en la(s) competencia(s); es decir, que tienen casilleros en blanco en el acta oficial, continúen avanzando a través de diversas actividades, durante el periodo vacacional, en seis (6) semanas efectivas.

Una de las acciones de recuperación implica el desarrollo de la Carpeta de recuperación pedagógica. Para ello, el docente evalúa, prioriza y selecciona las competencias que requiere el estudiante para su recuperación y organiza los materiales educativos para ser desarrollados de manera autónoma por el estudiante como una oportunidad de seguir progresando en el desarrollo de sus competencias.

La elaboración de estas carpetas se puede hacer a partir de la selección de las páginas de los cuadernos de trabajo, libros y fichas que se encuentran a disposición de los docentes y estudiantes, proporcionados por el Minedu, la DRE o la UGEL, de acuerdo con las necesidades de aprendizaje de las/los estudiantes, de esta manera se puede obtener un material para atención diferenciada de sus aprendizajes.

El Ministerio de Educación pone a disposición de la comunidad educativa la plataforma Aprendo en Casa (www.aprendoencasa.pe) con recursos posibles de ser seleccionados para la elaboración de Carpeta de recuperación y de consulta para los estudiantes y familias. Asimismo, los docentes disponen de herramientas y recursos en la plataforma SIFODS (https://sifods.minedu.gob.pe/).

El/la docente elabora la Carpeta de recuperación pedagógica antes de concluir el año lectivo, y la pone a disposición de sus estudiantes. El/la estudiante entregará la Carpeta de recuperación pedagógica a su docente o IE al inicio del siguiente periodo lectivo, para que sea valorada y considerada como insumo para la evaluación diagnóstica. De alcanzar los calificativos requeridos, se registran en el SIAGIE hasta el 14 de abril de 2023. 4.18. En el caso de los estudiantes de 1º a 4º de secundaria de EBR que en diciembre tenga competencia(s) con casillero en blanco; y por tanto la situación final de promoción guiada, así como los estudiantes de 5º de secundaria que no alcanzaron al menos 11 en una o más competencias que así lo requieran, también podrán optar por la evaluación de recuperación. En esta evaluación el docente le propondrá una(s) situación(es) retadora(s) frente a la(s) cual(es) el estudiante evidenciará el desarrollo de su(s) competencia(s).

El/la estudiante podrá solicitar la evaluación de recuperación de la(s) competencia(s) entre enero del 2023 e inicio del año lectivo 2023, según cronograma publicado por la IE. De alcanzar los calificativos requeridos, se registran en el SIAGIE hasta el 14 de abril de 2023. Para el caso de los estudiantes de 5° grado de secundaria que a marzo no alcanzan el calificativo mínimo de 11 en una o más competencias de las desarrolladas, o tienen áreas/talleres pendientes de aprobación al 2019, pueden solicitar evaluación de subsanación, cuantas veces sea necesario hasta lograr los calificativos aprobatorios, los cuales serán registrados en el SIAGIE. En cualquier institución educativa del país de la modalidad EBR de educación secundaria, el estudiante podrá realizar la evaluación de recuperación o subsanación previa autorización de la IE de origen mediante el SIAGIE. Así mismo, la Institución educativa que evalúa deberá registrar los calificativos correspondientes en el SIAGIE.

Igualmente, el estudiante que no se haya contactado con sus docentes o con la institución educativa, y de haber desarrollado experiencias de aprendizaje o estudios independientes, podrá presentar al iniciar el año escolar su Carpeta de trabajo o portafolio con lo trabajado durante los años anteriores según corresponda. Esta carpeta o portafolio se entrega al docente, quien lo recibe como evidencia del trabajo realizado. De alcanzar los calificativos requeridos, se registran en el SIAGIE y de no ser así se desarrollarán acciones para la consolidación.

Adicionalmente, se pueden emplear otras estrategias o acciones que la IE considere pertinentes. Las acciones de recuperación se pueden realizar en la IE de origen o en la IE de destino, sea particular o pública, de EBR o de EBA en el marco de la normativa vigente. No es una condicionante para la matrícula.

Del mismo modo, el Ministerio de Educación implementará la nivelación escolar en el marco de la recuperación y consolidación de aprendizajes, estrategia que tiene como propósito realizar acciones de nivelación en estudiantes de Educación Primaria y Secundaria de la Educación Básica Regular, incluidas las IIEE EIB consideradas en este proceso para el nivel de Primaria y Secundaria, respecto a las necesidades de aprendizaje identificadas para el desarrollo de competencias. La nivelación en el marco de la recuperación y consolidación de aprendizajes se desarrolla durante los meses de enero y febrero de 2023 en las áreas de matemática y comunicación mediante acciones formativas presenciales. En el ámbito rural, las IIEE de Primaria Multigrado Monolingüe Castellano, a cargo de la DISER y las IIEE de Secundaria con Modelos de Servicio Educativo, movilizarán estrategias que serán trabajadas previamente por los docentes para ser desarrolladas por las y los estudiantes en los espacios de la familia, la comunidad y en las IIEE durante el período vacacional. Asimismo, se realizan acciones de coordinación y gestión con los gobiernos locales y otras instituciones y organizaciones para impulsar y orientar el apoyo directo a estudiantes que más lo necesitan. La Nivelación escolar no excluye las diferentes acciones que la IE pueda implementar como estrategias para la recuperación y consolidación de aprendizajes En la modalidad de EBA, en los ciclos Inicial, Intermedio y Avanzado, la recuperación y consolidación de aprendizajes se desarrolla con las y los estudiantes que lo requieran durante el periodo promocional o periodo de atención.

Cabe señalar que, luego de las acciones de recuperación realizadas en enero y febrero, las/los estudiantes recibirán acompañamiento durante el año escolar 2023 a través de la estrategia Refuerzo Escolar. Asimismo, se realizarán acciones intersectoriales e intergubernamentales para la reinserción y continuidad educativa detalladas en la Resolución Ministerial Nº 474-2022-MINEDU.

Si al culminar la aplicación de las disposiciones de la Resolución Viceministerial N°334-2021-MINEDU, las/los estudiantes tienen competencias vinculadas a las áreas o talleres curriculares con el nivel de logro B, correspondiente a los años 2020, 2021 o 2022, recibirán Refuerzo Escolar en el año 2023 y acciones para el desarrollo y consolidación de sus competencias de manera priorizada.

Para el caso de estudiantes trasladados que continúen sus estudios en una IE dentro del país, teniendo calificativo(s) pendiente(s) hasta antes del inicio del año lectivo 2023, el SIAGIE estará habilitado para que la IE de destino, de EBR o EBA, pública o privada complete la información hasta el 14 de abril del 2023, registrando el número de Resolución en el acta correspondiente.

Los certificados de estudios consignarán la información proveniente del Acta Oficial de Evaluación. De haber casillas vacías, la IE de destino deberá realizar las acciones de recuperación para la consolidación de los aprendizajes del estudiante, a fin de que logre lo esperado y se obtenga la información correspondiente.

Los directivos de las IIEE deben garantizar que la información correspondiente a las Resoluciones de procesos de adelanto o postergación de evaluaciones, evaluación de ubicación de grado, evaluaciones de convalidación, revalidación, subsanación o traslado se consignen en el Acta Oficial de Evaluación.

Los directivos de las IIEE deben garantizar que la información correspondiente a las Resoluciones de procesos de adelanto o postergación de evaluaciones, evaluación de ubicación de grado, evaluaciones de convalidación, revalidación, subsanación o traslado se consignen en el Acta Oficial de Evaluación.

Con respecto a las competencias sin calificativo de años anteriores, 2020 y 2021, y en el marco del desarrollo de las competencias establecidas en el CNEB, la calificación del nivel de logro en un grado, define su nivel de logro en los grados anteriores. En este sentido, las y los docentes deberán consignar el calificativo correspondiente de los grados anteriores acorde al nivel de logro obtenido en el último periodo lectivo.

Asimismo, se podrá reconocer los estudios independientes según lo establecido en el numeral 5.2.3.7. de la "Norma que regula la Evaluación de las Competencias de los Estudiantes de Educación Básica", aprobada por la Resolución Viceministerial N° 094-2020-MINEDU.

Todos los aspectos no contemplados en el presente documento se atenderán a través de la coordinación entre la dirección de la IE y la UGEL, o en su defecto entre la UGEL y la DRE en el marco de la normativa vigente.

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