ORIENTACIONES DE FINALIZACIÓN DE AÑO ESCOLAR 2022

Las Instituciones Educativas Públicas, de Convenio y Privadas deberán tener en cuenta lo siguiente para la finalización del año escolar 2022

Precisiones de Evaluación de los aprendizajes:

La evaluación de los Aprendizajes se realiza en el marco de la Resolución Viceministerial N° 334-2021 MINEDU, “Disposiciones para la evaluación de competencias de estudiantes de la Educación Básica en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19”, la misma que solo es aplicable hasta antes del inicio del año lectivo para el 2023 y Oficio Múltiple N° 212-2022 MINEDU.

Acciones para la Recuperación Pedagógica (RVM N° 334-2022 – Oficio Múltiple N° 212-2022 MINEDU)

Las/los estudiantes de los niveles de educación primaria y secundaria de EBR; y de los ciclos inicial, intermedio y avanzado de EBA que no lograron los niveles esperados en la(s) competencia(s) al finalizar el periodo lectivo 2022 tendrán que ser atendidos, en el marco del enfoque de competencias, con acciones de recuperación para continuar con su desarrollo.

Cada IE y programa educativo, de acuerdo con las características del servicio educativo, descentralizado, y centrado en el estudiante y su bienestar socioemocional; brindarán dichas acciones de recuperación de los aprendizajes a fin de que las/los estudiantes que las requieran, logren los niveles esperados de la(s) competencia(s).

La IE, en el marco de su autonomía, organiza las acciones de recuperación a ser implementadas, de manera presencial, semipresencial o a distancia según las características y necesidades del contexto.

Se adjunta Oficio Múltiple N° 212-2022 MINEDU.

Los Registros Auxiliares de Evaluación – RM N°094-2020 MINEDU Instrumento que utiliza el docente para registrar los avances, logros y dificultades que se observan en el progreso de las competencias de los estudiantes durante y al final del proceso de enseñanza y aprendizaje. La información contenida se usar para brindar retroalimentación a los estudiantes, informar las familias, así como para establecer conclusiones descriptivas y calificativos sobre el nivel de progreso de los estudiantes en un periodo evaluado. La información del registro auxiliar de evaluación de aprendizajes es fuente para la elaboración del Informe de Progreso del Aprendizaje y del Acta Consolidada de Evaluación.

En la Institución Educativa:

 Los docentes presentarán los Registros Auxiliares de Evaluación a Dirección de la IE, en físico en virtual.

 El Registro de Evaluación será revisado por el Director de la IE y da conformidad con la firma y sello de Dirección bajo responsabilidad quedando en custodia de la Institución Educativa.

Sobre la presentación de documentos:

De los docentes a los Directores de las IIEE

 Registros Auxiliar de Evaluación y Asistencia debidamente llenados. El equipo Directivo deberá revisar, sellar dando conformidad los registros y quedarán en custodia de la Dirección de la IE. (IIE Públicas, IIEE de Convenio e IIEE Privadas)

 Información que el directivo solicite para el reporte a UGEL en los Anexos 1, Anexo 2, Anexo 3, Anexo 4, Anexo 5 y Anexo 6; Anexo 07, según corresponda. La información que el docente entregue al directivo sobre los anexos deben obrar en archivos de dirección. (IIE Públicas, IIEE de Convenio e IIEE Privadas)

 Inventario de Bienes físicos del Aula. (IIEE Públicas)

 Inventario de Bibliografía del Aula. (IIEE Públicas)

 Relación de estudiantes que requieren recuperación indicando necesidades de aprendizaje identificadas (competencias, capacidades y desempeños) - IIE Públicas, IIEE de Convenio e IIEE Privadas.

Carpeta de recuperación: El docente organiza los materiales educativos que requiere el estudiante para su recuperación para ser desarrollados de manera autónoma por el estudiante, los cuales deberán ser dispuestos a los estudiantes antes de concluir el año lectivo. (IIE Públicas, IIEE de Convenio e IIEE Privadas)

 Carpeta pedagógica de estudiante inclusivo: PET, Informe psicopedagógico, entrevista a la familia y lista de cotejos. (IIE Públicas, IIEE de Convenio e IIEE Privadas)

 Otros que solicite el directivo para el reporte de información a UGEL.