Precisiones sobre el Puntaje por Experiencia Laboral y Grados de Estudios en el proceso de Encargatura 2022
Al respecto, es preciso señalarles lo siguiente:
Bajo los alcances del numeral 10.17 de la RVM No
121-2022-MINEDU se procede a realizar las siguientes precisiones que deberán
ser consideradas en la evaluación de expedientes de los profesores que
participan en el proceso.
Respecto a los estudios académicos debemos tener en
cuenta lo señalado en el Anexo 3-B referente a que únicamente son acumulables
los grados académicos de Doctor o Maestro, es decir si el postulante cuenta con
dos o más grados se les otorgará puntaje por cada uno de ellos, hasta un máximo
de 20 puntos; y en lo referente a los demás títulos (De segunda especialidad y
el Universitario no pedagógico) y el Diplomado, estos se otorgan puntaje por un
solo documento, no siendo acumulativos, siendo el documento de verificación el
informe escalafonario.
En lo concerniente a la asignación de puntaje sobre
la experiencia en cargos de mayor responsabilidad, se debe señalar que dichas
encargaturas que hayan registrado en el informe escalafonario se suman y del número de meses
acumulados se divide entre doce (12) meses para los cargos directivos de IE y
UGEL/DRE y especialista en educación, y se le asigna el puntaje que
corresponda; y en el caso de cargos jerárquicos se divide entre diez (10)
meses. Por ejemplo: si un postulante tuvo una encargatura por un periodo de 10 meses
en el año 2018 y luego 8 meses en el año 2019 y finalmente 6 meses en el año
2020, la
experiencia suma un total de 24 meses y le corresponde 2 puntos como parte de su
experiencia, siempre que postule a cargo directivo de IE o especialista en
educación.
Por otra parte, respecto a la eventual modificación
del cronograma de actividades en el proceso de encargatura, es preciso señalar
que el literal b) del numeral 5.3 de la RVM N° 121-2022-MINEDU brinda el marco
legal para que la Direccional Regional de Educación o la que haga sus veces,
autoriza mediante acto resolutivo la modificación requerida por
parte de la UGEL.
Finalmente, se deja sin efecto el comunicado No
102-2022 de fecha 17.10.2022 emitido por la Dirección Técnico Normativa de
Docentes, y en aquellos casos donde hayan asignado puntaje acumulativo en estudios
superiores no permitidos (Título de Segunda Especialidad,
Título universitario y los diplomados), puedan
hacer las correcciones correspondientes.
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